FSC-CCOO Melilla | 21 noviembre 2024.

VIII ACUERDO MARCO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

El Presente Acuerdo Marco, regula y establece las normas por las que se rigen las condiciones de trabajo de todo el personal funcionario y personal eventual de libre designación que preste sus servicios en cualquiera de las Unidades y Centros de la Ciudad Autónoma de Melilla. Este Acuerdo Marco entrará en vigor el día de su publicación en el B.O.M.E. y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2011, no obstante sus efectos económicos se retrotraerán al 1 de enero de 2008.

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IX Convenio Colecivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla

El presente Convenio Colectivo regula y establece las normas por las que se rigen las condiciones laborales de los trabajadores que prestan sus servicios en cualquiera de las Unidades y Centros de la Ciudad Autónoma de Melilla. Subsidiariamente, en caso de falta de Convenio propio será el presente de aplicación al Personal Laboral de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (U.N.E.D), Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. (E.M.V.I.S.M.E.S.A.), Patronato de Turismo y todo el personal laboral transferido de la Administración Central. Asimismo estarán incluidas en su ámbito de aplicación aquellas Sociedades dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla cuando así lo manifiesten expresamente sus Órganos Rectores de conformidad con la representación de sus trabajadores, y siempre que así lo acuerde el Consejo de Gobierno.

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03.12.2007

VIII Convenio Colectivo Ciudad Autónoma

El presente Convenio Colectivo regula y establece las normas por las que se rigen las condiciones laborales de los trabajadores que prestan sus servicios en cualquiera de las Unidades y Centros de la Ciudad Autónoma de Melilla. Subsidiariamente, en caso de falta de Convenio propio será el presente de aplicación al Personal Laboral de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (U.N.E.D), Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. (E.M.V.I.S.M.E.S.A.) y todo el personal laboral transferido por la Administración Central. Asimismo estarán incluidas en su ámbito de aplicación aquellas Sociedades dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla cuando así lo manifiesten expresamente sus Órganos Rectores de conformidad con la representación de sus trabajadores, y siempre que así lo acuerde el Consejo de Gobierno.

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03.12.2007

IX CONVENIO COLECTIVO CENTRO ASISTENCIAL

El presente convenio, tiene por objeto regular las relaciones de trabajo entre el Centro Asistencial de Melilla y los centros dependientes de él, de una parte, el personal laboral que presta sus servicios en los mismos y que le son de aplicación las disposiciones laborales.

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03.12.2007

VII Acuerdo Marco Ciudad Autónoma

El Presente Acuerdo Marco, regula y establece las normas por las que se rigen las condiciones de trabajo de todo el personal funcionario que preste sus servicios en cualquiera de las Unidades y Centros de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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